Hijos de padres separados podrán ver a su mamá y a su papá

Autorizan mediante un decreto a los padres a trasladar a sus hijos una vez por semana. Aquí el procedimiento.

La declaración jurada debe completarla con los datos del viaje a cumplir y fue publicada como ‘anexo’ en la resolución 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social en el Boletín Oficial.

Tras el anuncio presidencial que dispuso el aislamiento “social, preventivo y obligatorio”, se estableció que los hijos de padres separados debían cumplir el aislamiento en el domicilio que funcionara como su “centro de vida, o al más adecuado al interés superior del niño, niña o adolescente”. (Shutterstock)

Los niños y adolescentes hijos de padres separados fueron autorizados, “como actividad excepcional”, a poder ser trasladados una vez por semana para entre las casas de sus progenitores. La medida fue oficializada a través de la Decisión Administrativa 703, publicada este sábado 2 de mayo en el Boletín Oficial, y apunta a atenuar una situación crítica, que había tensado al máximo las relaciones de padres separados, muchos de los cuales no habían podido ver a sus hijos en el último mes y medio.

En consecuencia, la mirada pasó entonces a la “declaración jurada” que los padres deberán completar para poder acceder a esos traslados de los menores, impuesta a través de la Resolución N° 132/20 del ministerio de Desarrollo Social. En el caso de familias monoparentales los chicos podrán ir también al hogar de un “referente afectivo”, aunque en todos los casos sólo podrán trasladarse una vez por semana.

A continuación te ofrecemos el formulario de la declaración jurada del decreto 297/2020, publicada como anexo en la resolución de Desarrollo Social que apareció en el Boletín Oficial: AQUI

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