En Chubut, el DISPO será hasta el 15 de marzo

En el decreto N° 113, se contempla la autorización para el regreso a clases presenciales en sus tres niveles y amplia el horario de circulación para las personas.

En horas de la tarde, el Gobierno Provincial publicó el Decreto n° 113, el cual extiende el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta el 15 de marzo en todas las localidades de Chubut.

Así, en su artículo segundo se establece que el horario límite de circulación de lunes a miércoles, será de 03:00 am a 06:00 am. De jueves a domingos el límite de circulación será hasta las 04:00 am y se reanudará a las 06:00 am.

Cabe aclarar que en Comodoro Rivadavia, la Municipalidad de esa localidad adelantó que la hora límite de circulación de lunes a miércoles, será hasta las 02:00 am.

Como en ocasiones anteriores, quedan exceptuadas de este límite horario las personas afectadas a su actividad laboral.

Respecto al comienzo de clases, el decreto establece la autorización para el funcionamiento de “la actividad escolar en sus tres niveles, la que se deberá desarrollar dando cumplimiento estricto al protocolo aprobado por la autoridad de salud provincial”.

Respecto a las reuniones familiares, el límite establecido continúa siendo de 10 personas como máximo.

Respecto a los recaudos para el ingreso a la provincia del Chubut por cualquier vía, así como las restricciones de circulación, continúan vigentes.

Se podrán continuar desarrollando las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios profesionales ya autorizadas, las salidas de esparcimiento, y los eventos culturales , sociales, recreativos y actividades deportivas manteniendo las condiciones vigentes hasta el momento.

El decreto expresa que “las disposiciones de la presente norma constituyen estipulaciones máximas, las autoridades locales, en el ámbito de su competencia y jurisdicción, y bajo su exclusiva responsabilidad podrán dictar aquellas reglamentaciones complementarias que consideren necesarias a los fines de adecuarlas a las características demográficas, geográficas y sociales de sus jurisdicciones”.

Además, las autoridades locales podrán disponer “las restricciones que consideren pertinentes en atención a las particularidades de su jurisdicción y, eventualmente, suspender la autorización que se confiere o dejarla sin efecto, con el fin de proteger la salud pública de cada localidad”.

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