Side view of young woman with protective face mask in town, she standing in front at the bus stop and waiting for her transport after work.

Lo que tenés que saber de esta nueva etapa

Luego de los anuncios por parte del Gobierno Nacional acerca de la nueva etapa de aislamiento y distanciamiento en el país el pasado jueves, finalmente entran en vigencia el día de hoy, al ser publicados en el Boletín Oficial.

A través del Decreto 520/200, se detalla cómo seguirá la fase 5 de la cuarentena (al menos, para las provincias y ciudades que reúnen los requisitos para entrar en esa fase), la cual regirá hasta el 28 de junio.

De esta manera, gran parte del país pasó a la etapa de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio. Por su parte, el AMBA, Córdoba capital, Trelew, San Fernando, Chaco, Bariloche y General Roca quedaron exceptuadas de formar parte de esta nueva fase.

Sin embargo, las provincias que entran en la etapa de Distanciamiento deben cumplir con tres condiciones esenciales:

-El sistema de salud debe contar con la capacidad adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria.

-Las localidades no deben tener ciruclación comunitaria del virus.

-El tiempo de duplicación de casos no debe ser menor a quince días.

Además, tendrán prohibida la circulación por fuera de los límites de las ciudades donde viven, a excepción de los que cuentan con el “Certificado Único Habilitante para la Circulación- Emergencia COVID-19”. Las autoridades provinciales podrán reglamentar y limitar los horarios y las zonas de ciruclación, para evitar la propagación del virus.

El uso del tapabocas en la vía pública, la distancia mínima de dos metros, la desinfección y la ventilación de ambientes, además de toser en el pliegue del codo, siguen siendo medidas que se cumplirán en esta nueva etapa.

Respecto a las actividades económicas y productivas, las mismas deberán tener aprobados los protocolos de funcionamiento por las autoridades sanitarias provinciales. De la misma manera, se regularán días y horarios para la realización de ciertas actividades, con el fin de evitar la propagación del virus.

Los gobernadores podrán dictar los protocolos de realización de actividades deportivas, sociales y culturales, las cuales no deben superar la concurrencia de más de diez personas. Además de que se debe asegurar (sobre todo en espacios cerrados) el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes. Sigue prohibida la reapertura de cines, teatros, clubes, centros culturales; el servicio público de Transporte de pasajeros interurbanos, interjurisdiccional e internacional; y el turismo.

Finalmente, en el documento se expone un resumen de lo ocurrido a nivel nacional, desde el inicio de la pandemia. Afirman que, gracias al aislamiento temprano (considerando las recomendaciones de la OMS y la situación europea), el Estado Nacional pudo mejorar y aumentar “la capacidad de asistencia del sistema de salud”, “la adquisición de insumos y equipamiento”, y fortalecer “el entrenamiento del equipo de salud”. Además, también remarcaron las medidas tomadas para “morigerar el impacto económico y social causado por la pandemia de COVID-19”.

La conclusión del decreto, se centra en que actualmente en el país “conviven DOS (2) realidades que deben ser abordadas de forma diferente, en materia epidemiológica”.

De esta manera, los desafíos que se le presenten al Gobierno Nacional de acá en más, responderán a estas dos situaciones paralelas, en un contexto a nivel mundial que aún se encuentra en la búsqueda de respuestas…

Abajo, te dejamos el archivo del Decreto 520/2020:

https://drive.google.com/file/d/1MtkXdLaH_TW5qF6I87brQAzjmqlVaZek/view

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