Se prorroga el DISPO hasta el 12 de marzo

El nuevo decreto establece el regreso a las clases presenciales, pero mantiene restricciones para lo que es el transporte, las actividades culturales masivas y las reuniones familiares. Las fronteras con los países limítrofes continúan cerradas para el turismo.

El decreto 125/2021 que marca la extensión del DISPO hasta el 12 de marzo fue publicado hoy en el Boletín Oficial. El escrito lleva la firma del presidente Alberto Fernández y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

Allí se ratifica: “podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico”.

Explica además que el personal docente, no docente y los alumnos “quedan exceptuados y exceptuadas de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda”.

Acerca de la actividad comercial y económica, el decreto vuelve a resaltar que “solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria”.

Pese a la continuación de las restricciones en el transporte, las actividades culturales masivas y las reuniones familiares, aclaran que “a la fecha de dictado del presente decreto ningún aglomerado urbano, departamento ni partido de las provincias argentinas se encuentra alcanzado” por el Aislamiento Asocial, Preventivo y Obligatorio (ASPO) que rigió el año pasado.

Un añadido interesante al nuevo decreto, es que en su artículo 26 establece que “deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento”.

Acerca de las fronteras, indican que la Dirección Nacional de Migraciones “determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional que resulten más convenientes” y establecerá “los países cuyos nacionales y residentes queden autorizados para ingresar al territorio nacional”.

El nuevo decreto, que en realidad es una extensión del último DNU firmado el 1ro de febrero, tendrá vigencia hasta el 12 de marzo. Además, cada provincia tendrá la autonomía para sumar las restricciones que considere pertinentes, según su propia realidad.

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