Todo lo que tenés que saber sobre el nuevo Decreto

Finalmente, el Gobierno del Chubut publicó el decreto n° 1101, el cual dispone las nuevas medidas en el marco del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para toda la provincia. Sin embargo, las ciudades de Rawson y Trelew, continuarán en modalidad de ASPO. Este nuevo decreto, tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre.

¿Qué implica el DISPO?

  • En las ciudades y localidades en las que estará vigente el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se podrá circular sin ninguna restricción más que la horaria, que se fija hasta las 0 horas.
  • Quedan exceptuadas de cumplir esa limitación, las personas autorizadas a circular por la actividad que desarrollan, las que lo hagan por motivos de urgencia justificado o quienes concurran a actividades permitidas con horario ampliado.
  • También quedan exceptuados quienes concurran a comercios que exploten actividades esenciales de venta de productos alimenticios no elaborados y de higiene, farmacias, kioscos y comercios de productos alimenticios elaborados y del rubro gastronómico.
  • Las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios profesionales, servicios domésticos y cuentapartistas se podrán desarrollar hasta las 0 horas. Y están exceptuadas de ese límite horario las farmacias, veterinarias, estaciones de servicios y kioscos.
  • Los restaurantes, bares, confiterías o cualquier otro rubro enmarcado en servicios gastronómicos o asimilables, podrán funcionar con el siguiente cronograma: de lunes a jueves hasta las 0 horas y viernes a domingo hasta las 01 horas; el servicio de consumo en el local se hará mediante el sistema de turno previo en el horario nocturno.
  • Los gimnasios podrán funcionar hasta las 21 horas, mediante el sistema de turnos previos, y la capacidad de concurrencia no podrá superar el 50 por ciento de su capacidad.
  • Se mantiene el sistema establecido para las salidas de esparcimiento, mientras que se podrán desarrollar actividades artísticas, recreativas y deportivas en espacios abiertos o cerrados, individuales o grupales, de hasta un máximo de 10 personas, siempre que no se trate de actividad de contacto o que implique posible contacto.
  • Sigue prohibida la realización de eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes.
  • Las actividades religiosas y de culto podrán realizarse siempre que no se supere un tercio de la capacidad del local, y se cumplan las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

Además, entre estas medidas, el nuevo decreto marca que desde hoy, termina la circulación según la terminación del DNI par o impar.

¿Qué implica el ASPO?

En esta oportunidad, las ciudades de Rawson y Trelew deberán continuar en la etapa de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, atendiendo a su situación epidemiológica particular. En este caso, las disposiciones son:

  • Se podrá circular de lunes a domingo de 7 a 21 horas, de acuerdo a la modalidad de terminación del DNI. (Aunque Trelew ya señaló que no adherirá a esta medida).
  • Las personas cuyo DNI termine en número par podrán hacerlo los días pares, mientras que las que tengan terminación impar sólo lo podrán hacer los días impares. Los domingos no rige la restricción de circulación por número de DNI.
  • Quedan exceptuadas de cumplir esa limitación, las personas autorizadas a circular por la actividad que desarrollan, las que lo hagan por motivos de urgencia justificado o quienes concurran a actividades permitidas con horario ampliado.
  • También quienes concurran a comercios de productos alimenticios elaborados y del rubro gastronómico, que funcionarán de la siguiente manera: lunes a domingo de hasta las 21 horas servicio de retiro en el local; lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 horas, servicio de envío a domicilio, y lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 hora, servicio de consumo en el local con turno previo en el horario nocturno.
  • Se dispone que los vehículos, cualquiera sea su índole, no podrán circular con más de dos ocupantes en el interior de la cabina.
  • Se podrán realizar actividades y prestar servicios de lunes a domingo hasta las 21 horas, y fuera de ese horario podrán funcionar farmacias, veterinarias, kioscos y estaciones de servicios y los comercios del rubro gastronómico y de venta de productos alimenticios elaborados, en las condiciones autorizadas.
  • Los municipios “podrán disponer las limitaciones o las mayores restricciones que consideren oportunas y pertinentes a los fines de la protección de la salud de su población”.
  • No podrán funcionar bares, cervecerías, confiterías nocturnas y clubes sociales, y se mantienen suspendidas las reuniones sociales y familiares.
  • Los gimnasios podrán funcionar de lunes a sábado hasta las 21 horas, con sistema de turnos previos, no pudiendo concurrir “un número mayor a 10 personas por turno, considerándose que cada turno equivale a una hora”.
  • Quedan transitoriamente prohibidas la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas, que se desarrollen en espacios cerrados o al aire libre, grupales o que impliquen reunión de personas.
  • Podrán realizarse actividades deportivas en espacios abiertos o cerrados, a practicarse de manera individual o en duplas, siempre que: no se trate de una actividad de contacto o que implique posible contacto, que no se utilicen elementos de juego (salvo cuando los elementos a utilizar sean de uso personal o individual).
  • Las actividades al aire libre se podrán realizar de manera individual “respetando los horarios de circulación y la modalidad (terminación DNI) allí establecida”. La única excepción es el caso de los padres que realizan actividades con sus hijos.

Lo que es común para todxs:

  • Se mantienen los mecanismos y modalidades de ingreso a Chubut. El ingreso por vía terrestre será de 8 a 18 horas.
  • Las autorizaciones para ingresar se deben gestionar en la plataforma digital www.seguridad2.chubut.gov.ar o www.ingresoprovincia.chubut.gov.ar, y quienes pretendan ingresar a Chubut deberán “obligatoriamente contar con la aplicación CUIDAR, autorizada con un mínimo de tres días de antelación a la fecha de ingreso”.
  • Todas las personas que ingresen a Chubut deberán cumplir con el Aislamiento Social Obligatorio (ASO) por el plazo de 14 días. Cuando el viajero no tuviere un lugar para cumplir el aislamiento de manera solitaria distinto al lugar de residencia, éste deberá ser cumplido también por los contactos estrechos (convivientes) de aquel.
  • La circulación entre ciudades de la provincia “queda limitada a razones acreditadas de salud, a actividades y servicios esenciales o expresamente autorizados por normas nacionales y provinciales”.
  • El decreto autoriza a los ciudadanos de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly;de Esquel y Trevelin; y de El Hoyo y Lago Puelo a circular entre ellas.
  • Finalmente, el artículo n° 41 dispone que “las disposiciones de la presente norma constituyen estipulaciones máximas, las autoridades locales, en el ámbito de su competencia y jurisdicción, y bajo su exclusiva responsabilidad podrán dictar aquellas reglamentaciones complementarias que consideren necesarias a los fines de adecuarlas a las características demográficas, geográficas y sociales de sus jurisdicciones, como así también podrán efectuar las restricciones que consideren necesarias”.

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