Es Ley el Cupo Laboral Trans, Travestis y Transgénero

Finalmente el Senado le dio luz verde al proyecto de Ley que garantiza el cumplimiento de los derechos laborales de las personas trans, travestis y transgénero. Tanto el oficialismo como la oposición aprobaron de manera casi unánime la propuesta al considerarla “reparadora de derechos”.

El día de ayer el Senado de la Nación convirtió en Ley el proyecto de inclusión laboral de la población travesti, trans y transgénero, en una jornada definida como “histórica”. La iniciativa fue aprobada tanto por el oficialismo como la oposición en una sesión que fue considerada como “reparadora de derecho”.

El proyecto obtuvo 55 votos a favor y 1 en contra, mientras seis legisladores decidieron abstenerse.

Mientras en el Frente de Todos todos estuvieron a favor, desde Juntos Por El Cambio el voto fue dividido: El cordobés Ernesto Martínez lo hizo por la negativa, mientras que Roberto Basualdo (San Juan), Julio Cobos (Mendoza), Silvia Elías de Pérez(Tucumán), Laura Rodríguez Machado (Córdoba), Humberto Schiavoni (Misiones) y María Belén Tapia (Santa Cruz) se abstuvieron.

Durante la apertura del debate, la presidenta de la Banca De La Mujer, Norma Durango sostuvo: “Esta ley viene a compensar tanto dolor y tanto desamparo sufrido durante décadas y tantas vidas truncas”. Luego añadió que los senadores tenían “la oportunidad de revertir una realidad de discriminación y violencia que somete a las personas travestis, trans y transgéneros”.

En uno de los artículos más importantes de la nueva Ley, el número 5, establece que el Estado nacional, comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado, debe ocupar en una proporción no inferior al 1% la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

Además, el proyecto establece que “a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos de la presente Ley”.

Añade además que, para garantizar el ingreso y permanencia en el empleo, no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales de los/as postulantes que resulten irrelevantes para el acceso al puesto y no podrán representar un obstáculo para dicho ingreso o permanencia en el empleo, más aún considerando la situación de vulnerabilidad de este colectivo.

Otro de los puntos dice que “los organismos comprendidos en la presente ley deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales,”.

Por úlitmo, la nueva ley también establece incentivos para el sector privado que contrate personal trans al tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales y ese beneficio se extiende a un año y a dos en el caso de las pequeñas empresas.

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